Este seguro, como su nombre indica, viene establecido por el convenio en el se encuadra nuestra actividad y es de carácter obligatorio. No todos los convenios obligan a su contratación. Tendremos que averiguar si el nuestro lo hace.El seguro colectivo de convenio cubre los accidentes que pueda sufrir el trabajador en el desempeño de su labor. El tomador es la empresa y el asegurado cada uno de los empleados. En la negociación colectiva se establecen los capitales que recibirá el asalariado en caso de accidente profesional. Determinados convenios como el de hostelería establecen la obligatoriedad de un seguro de vida además del de accidentes.